lunes, 21 de abril de 2014

El juez Ruz rechaza archivar dos causas sobre el Sahara pese a la reforma de la Justicia Universal

Personas concentradas en el exterior de la Audiencia Nacional el 17/12/2007 cuando Garzón admitió a tramite la querella contra los militares marroquíes
lainformacion.com 15/04/14
El juez considera que el Sahara Occidental era una provincia española en los años 70, así como que legalmente seguía estando administrada por España en los 80 y aún ahora.
 
(EFE). El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha rechazado archivar dos casos que investiga de genocidio y torturas en el Sahara Occidental porque era territorio español cuando ocurrieron los hechos en los años 70 y 80 y, por tanto, a estas causas no les afecta la reforma de la justicia universal.
En sendos autos, Ruz acoge los argumentos de la Fiscalía de que ambas investigaciones serían competencia de los tribunales españoles porque los hechos se cometieron en territorio español contra ciudadanos nacionales.

Siguiendo con el criterio de la Fiscalía, el juez considera que el Sahara Occidental era una provincia española en los años 70, así como que legalmente seguía estando administrada por España en los 80 y aún ahora.

En una de las causas Ruz investiga delitos de genocidio en el Sahara contra 31 militares marroquíes a instancias de asociaciones de apoyo al pueblo saharaui y en la otra torturas por parte de 28 miembros del Frente Polisario y altos cargos del gobierno argelino.

En el caso de la querella contra los militares marroquíes, las asociaciones denunciaron torturas y genocidio entre 1975 y 1987, cuando desaparecieron centenares de saharauis.

Para Ruz, está acreditado que varios los hechos denunciados "fueron cometidos contra ciudadanos españoles en el momento en que el Sahara Occidental era provincia española", es decir, en los años 70.

Las autoridades españolas abandonaron el Sahara Occidental el 27 de febrero 1976, pero el juez asume la competencia para investigar los hechos posteriores por su conexión con los primeros.

Así, su competencia para investigar estos delitos no respondería al principio de justicia universal sino al de territorialidad (competencia de los tribunales españoles para juzgar todo lo que ocurra en el territorio nacional).

Esta querella la comenzó a instruir el exjuez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, que acordó investigar a, entre otros, Housni Ben Sliman, que ordenó y dirigió presuntamente la campaña de detenciones y posteriores desapariciones en Smara en 1976, y Abdelhafid Ben Hachem, presunto responsable de los secuestrados en 1987 en El Aaiún y supervisor de los interrogatorios bajo tortura.
La otra investigación se inició en 2012 a raíz de una querella de la asociación Asadeh y tres víctimas contra 28 miembros del Frente Polisario, entre ellos ex director general de la seguridad militar del Polisario y responsable de las relaciones con la ONU en Nueva York, Mohamed Jadad; el agregado militar en la Embajada de Argelia en Mauritania, Nabil Kadour, y el embajador de Argelia en Rabat, el general Omari.

En la querella se denuncia el trato sufrido en Tindouf en los años 80 del siglo pasado, cuando las autoridades españolas ya se retiraron de la zona, "por los prisioneros de guerra, así como por los propios ciudadanos saharauis, especialmente por los de origen español, en manos del Frente Polisario".

La Fiscalía informó también a favor de seguir con el procedimiento en virtud del principio de territorialidad, ya que considera que en los años 80, y también ahora, el Sahara Occidental es administrado legalmente, aunque no "de facto", por España.

El fiscal daba varios argumentos para asegurar que legalmente el Sahara sigue siendo español, el primero de ellos que en 1965 España, con su ingreso en la ONU, asumió que era su potencia administradora, una condición que reiteró en la ley de descolonización del Sahara de 1975.

Además, la Fiscalía menciona varias sentencias del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional que reconocen la nacionalidad española a los nacidos allí tanto en la época de la "provincialización" como en la colonial.

"En definitiva -indica el fiscal- España 'de iure', aunque no 'de facto', sigue siendo la potencia administradora hasta que finalice el periodo de la descolonización (es decir, cuando se celebre un referéndum sobre la independencia)", debe actuar como tal de acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas.

Por todo ello, el juez estima que es competente para seguir investigando los hechos puesto que parte de ellos se cometieron en un territorio que "a todos los efectos, debe tener la consideración de español en el momento de comisión".

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